La nueva regulación sobre los tiempos de conducción y descanso para transportistas de mercancías que circulen por las carreteras españolas estará vigente hasta el próximo 31 de mayo.

Para evitar confusiones, desde Andamur queremos explicaros cómo queda a partir de ahora la nueva regulación que deben tener en cuenta todos los camioneros

1- Conducción diaria.- Se establece un máximo de 11 horas diarias. Las pausas de conducción deben ser cada 4.5 horas y los descansos diarios obligatorios se establecen en 9 horas consecutivas de conducción (en lugar de 11).

2- Descanso semanal.- Se establece que cada cuatro semanas deberá tomarse al menos dos descansos semanales normales de 45 horas, pudiendo en consecuencia tomar los otros dos descansos reducidos de 24 horas, bien en semanas continuas o alternas, y sin necesidad de compensar la reducción no tomada.Además, se mantiene que sea cual sea la duración del descanso, se podrá tomar en todo caso a bordo del vehículo siempre que esté adecuadamente equipado y con el vehículo estacionado.

3- Límite de horas de conducción semanal y bisemanal.- Continúa la obligación de realizar un máximo de 56 horas de conducción semanal y de 90 horas bisemanalmente.